En los casos de la muerte de un familiar cercano de un trabajador el código del trabajo en su articulo 66 establece unas reglas en cuanto a los días de permisos redactado de la siguiente manera» En el caso de muerte de un hijo así como en el de muerte del cónyuge o conviviente civil, todo trabajador tendrá derecho a siete días corridos de permiso pagado, adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio. Igual permiso se aplicará por tres días hábiles en el caso de muerte de un hijo en período de gestación así como en el de muerte del padre o de la madre del trabajador.»
Esto adicionalmente se agrega que los empleados que padezcan la muerte de un cónyuge, conviviente civil o hijo tendrán derecho a un mes de fuero laboral. Esta legislación se creo para que los trabajadores puedan lidiar con el dolor del duelo, adicionalmente el trabajador puede solicitar una licencia medica por inestabilidad psicológica.
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