Considerando que a partir del mes de diciembre de 2019 se ha producido un brote mundial del virus denominado coronavirus, el cual ha provocado efectos de toda índole en personas y bienes, situación que se ha ido agravando conforme se ha expandido el virus.
Por lo anterior, es que se han establecido medidas de índole tributaria, para apoyar a las familias, los trabajadores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, en las dificultades generadas por la propagación del virus en Chile.
Por lo tanto se resuelve:
- Condónese el 100% de los intereses moratorios, respecto a los pagos efectuados fuera de plazo, respecto de las cuotas del impuesto territorial del año 2020, cuyo vencimiento sea anterior al 30 de septiembre del año 2020.
- Esta condonación no aplicará cuando la deuda esté sujeta a un convenio de pago vigente con la Tesorería General de la República.
Para ver más detalles revisa aquí Resolución 68 De 2020 – Dicta Normas Sobre Condonación De Recargos Legales De Deudas De Contribuciones, Conforme A Lo Previsto En El N° 10 Del Decreto Supremo 420 De 2020 Del Ministerio De Hacienda.