El procedimiento de verificación de antecedentes para el correcto cumplimiento de los requisitos legales del “beneficio” del artículo 5 del Artículo de la Ley N° 21.252, por parte de las personas naturales que hubiesen solicitado y obtenido el aporte fiscal del artículo 4 del Artículo Primero de la Ley N° 21.252.
Para Tales efectos, presentada la solicitud del “beneficio” en www.sii.cl, el SII emitirá un aviso a las personas naturales que presenten inconsistencias en su solicitud anterior de aporte fiscal y sobre el deber de efectuar la restitución o aclarar las diferencias determinadas en su sueldo del mes de julio de 2020, según corresponda.
En el caso de las personas naturales que no aclaren su situación o no efectúen la restitución, hasta el 30 de noviembre de 2020, el Servicio tendrá por no cumplidos los requisitos para acceder a la solicitud del “beneficio”.