En Chile existen las jornadas activas y pasivas. La primera es la más tradicional y transcurre durante casi todo el tiempo en que el trabajador va a la oficina o al local de trabajo y realiza sus tareas.
En el caso de la segunda -pasiva- el trabajador asiste a su lugar de trabajo pero por alguna razón no realiza ninguna actividad correspondiente a sus funciones. Por ejemplo, se cae la conexión a internet en la oficina y el trabajador no puede llevar a cabo sus funciones ya que la herramienta principal de trabajo no se encuentra disponible por causas externas.
180 horas mensuales: Corresponde a choferes, auxiliares de la locomoción colectiva interurbana y de servicios interurbanos de transporte de pasajeros y carga terrestre. Todos deben tener un descanso mínimo ininterrumpido de ocho horas dentro de cada 24 horas y ningún trabajador podrá conducir más de cinco horas continuas.
60 horas semanales: Corresponde a personal de hoteles, restaurantes o clubes con excepción del personal administrativo, de lencería, lavandería y cocina, que están afectos a la jornada ordinaria de 45 horas semanales. No deben permanecer más de 12 horas diarias en el lugar de trabajo.
45 horas semanales: Se deben distribuir en 5 o 6 días, por lo tanto alguien que trabaje 6 días a la semana podrá tener una jornada diaria de trabajo de 7,5 horas. El máximo diario es de diez horas, por lo que en caso de que la jornada se distribuya en forma pareja durante cinco días, la jornada diaria será de 9 horas.
Jornada Parcial: Corresponde a lo que conocemos como contrato part time. Para esto es necesario cumplir con ciertas condiciones como no superar las 30 horas semanales y 10 diarias, además de otorgar descanso de mínimo media hora y máximo una hora.
Autorizada por la Dirección del Trabajo: Se refiere al establecimiento de sistemas especiales de distribución de jornadas de trabajo y de descanso cuando el sistema de jornada de trabajo que establece el artículo 38 no pudiese aplicarse.
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Lucas Astorga Ulloa/ Abogado de Cumplimiento Laboral BBSC®
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