Comisión Negociadora

→ En virtud del Art. 330, la representación del sindicato en la negociación colectiva corresponde a la Comisión Negociadora Sindical, integrada por el directorio sindical respectivo. Si la negociación es

→ Art. 327: “La negociación colectiva se inicia con la presentación del proyecto de contrato colectivo por parte de él o los sindicatos al empleador”. → Así, es el sindicato

Negociación Colectiva Reglada

→ El empleador negocia con los trabajadores de distintas formas. Lo más común es hacerlo individualmente, dado que el trabajador entró a la empresa por un contrato individual de trabajo.

Información por Cargos o Funciones de los Trabajadores en las Grandes y Medianas Empresas

→ De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 317, los sindicatos pueden solicitar a las grandes empresas, una vez al año, información sobre remuneraciones asignadas a trabajadores de los

→ En virtud del Art. 316 CdT, las empresas están obligadas a proporcionar a los sindicatos que tengan derecho a negociar en ellas, la información específica y necesaria para preparar

Información Periódica

→ El tamaño de la empresa determina el contenido y la oportunidad de ejercicio de los distintos tipos de Derecho a Información. Para estos efectos, se distinguen los tipos de

Derecho a la Información

El empleador, los trabajadores y los sindicatos deben compartir ciertas informaciones, que constituyen la clave de la negociación. Esto por un tema de sentido común. → La brecha entre la

→ El Art 304 CdT establece las empresas en las cuales se puede llevar a cabo la negociación colectiva, estableciendo el Inc. 1° como regla general que puede tener lugar

Tipos de Negociación Colectiva

La ley reconoce distintos tipos de negociaciones colectivas: • Negociación Colectiva Reglada → Es la regla general, y otorga a las partes todos los derechos y prerrogativas contempladas en la