El documento es una borrador circular emitida por la Subdirección Jurídica del Departamento de Asesoría Jurídica, que imparte instrucciones sobre las normas incorporadas en el Código Tributario por las Leyes N° 21.713 y N° 21.716, enfocadas en medidas antielusión. La circular deja sin efecto la Circular N° 65 de 2015.
Resumen del contenido:
- Introducción:
- La Ley N° 20.780 introdujo la norma general antielusiva (NGA) en el sistema tributario chileno para combatir la elusión, alineándose con las prácticas de la OCDE y el G20.
- La elusión tributaria es negativa porque viola la equidad tributaria, afecta la libre competencia, incrementa los costos de administración y fiscalización, y reduce la recaudación tributaria.
- La Ley N° 21.713, modificada por la Ley N° 21.716, busca perfeccionar la NGA.
- Modificaciones clave:
- Artículo 4° bis: Reitera que en el análisis de elusión no se consideran las intenciones de los contribuyentes. Se establece que puede haber elusión en casos de abuso de formas jurídicas o simulación.
- Artículo 4° ter: Define el abuso de las formas jurídicas y establece un criterio objetivo para la NGA.
- Artículo 4° quáter: Unifica los conceptos de elusión por simulación y permite aplicar una multa.
- Artículo 4° quinquies: Modifica el procedimiento administrativo para la calificación de actos elusivos, incluyendo la citación al contribuyente y la coordinación entre diferentes áreas del Servicio de Impuestos Internos.
- Artículo 100 bis: Introduce sanciones para quienes diseñen o planifiquen actos elusivos, incluyendo multas y responsabilidad solidaria.
- Artículo 160 bis: Establece el procedimiento judicial para la declaración de elusión, incluyendo la posibilidad de acumulación de autos y la apelación del auto de prueba.
- Principios y objetivos de la NGA:
- Prevenir y controlar la obtención de ventajas tributarias indebidas.
- Proteger la configuración del hecho imponible.
- Mantener el carácter objetivo de la NGA.
- Asegurar la equidad en la repartición de las cargas públicas.
- Reconocer y proteger los principios de autonomía, libertad contractual y competencia.
- Proteger los ingresos fiscales y la equidad tributaria.
- Diferenciar entre evasión y elusión, destacando la irrelevancia del dolo en la elusión.
- Procedimiento administrativo y judicial:
- Detalla el proceso de detección, análisis y citación de casos de elusión.
- Explica el procedimiento judicial para la declaración de elusión, incluyendo la presentación del requerimiento, la audiencia, el término probatorio y la sentencia.
- Vigencia:
- Las modificaciones legales entran en vigencia el 1 de noviembre de 2024.
- Se aplican reglas generales sobre retroactividad de las leyes para determinar la aplicación de los nuevos plazos de prescripción.
Conclusión:
La circular proporciona un marco detallado para la implementación de las nuevas normas antielusión, estableciendo procedimientos claros tanto administrativos como judiciales para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y combatir la elusión fiscal.
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