En esta sociedad, la participación sobre el capital y las utilidades se divide en partes iguales entre los socios, aunque el capital social no es significativo en comparación con los ingresos anuales generados por los servicios prestados.
Operaciones:
- Constitución de la Sociedad: «A», «B» y «C» constituyen la sociedad «D», con participación igualitaria en capital y utilidades.
- Prestación de Servicios: Los servicios son prestados casi exclusivamente por «A» a diversas instituciones y personas naturales.
- Retiros de Utilidades: Las utilidades son retiradas por todos los socios en proporción al capital aportado, aunque los ingresos se deben principalmente al trabajo de «A».
Análisis:
- Relación entre los socios: Se verificará si existe algún vínculo entre los socios.
- Origen y naturaleza de los ingresos: Se analizará de dónde provienen los ingresos de la sociedad.
- Capacidades técnicas: Se evaluará qué socios prestan los servicios y sus capacidades técnicas.
- Rol de los socios no prestadores de servicios: Se determinará el rol de los socios que no prestan servicios, ya sea en la estrategia del negocio, administración, imagen, prestigio o inyección de flujos.
- Comportamiento histórico de impuestos: Se revisará el comportamiento histórico a nivel de impuestos finales de los intervinientes.
- Política de retiro de utilidades: Se analizará cómo se retiran las utilidades.
- Seguimiento de flujos: Se hará un seguimiento de los flujos provenientes de las utilidades distribuidas.
- Razones económicas o jurídicas: Se evaluará si existen razones económicas o jurídicas relevantes para que los servicios se presten a través de una sociedad en la que participan otros socios que no prestan servicios ni tienen un rol estratégico.
Efectos del Esquema:
- Disminución de la base imponible: El esquema busca disminuir la base imponible del Impuesto Global Complementario que le correspondería al socio «A» que presta mayoritariamente los servicios.
Facultades del Servicio:
- Aplicación de la Norma General Anti Elusiva (NGA): El Servicio podría evaluar la aplicación de la NGA si se establece que la operación tuvo el efecto de afectar la base imponible del Impuesto Global Complementario que le hubiese correspondido al socio «A» de haber prestado los servicios directamente y no a través de una sociedad.
Aquí se detallan los pasos y elementos que se deben analizar para determinar la carga tributaria:
1. Ingresos de la Sociedad:
- Origen de los Ingresos: Se debe identificar de dónde provienen los ingresos de la sociedad «D».
- En este caso, los ingresos se generan principalmente por los servicios prestados por el socio «A».
- Distribución de Ingresos: Aunque los ingresos se deben mayoritariamente al trabajo de «A», las utilidades se distribuyen entre todos los socios («A», «B» y «C») en proporción al capital aportado.
2. Retiros de Utilidades:
- Proporción de Retiros: Las utilidades se retiran en proporción al capital aportado por cada socio, aunque solo «A» presta los servicios.
- Impuesto Global Complementario (IGC): Los retiros de utilidades por parte de los socios estarán sujetos al IGC.
- La base imponible del IGC se verá afectada por la proporción de utilidades que cada socio retira.
3. Evaluación de la Participación de los Socios:
- Servicios Prestados: Se debe evaluar qué socios realmente prestan servicios y cuáles no.
- En este caso, «A» es el único que presta servicios.
- Rol de los Socios No Prestadores de Servicios: Se debe determinar si los socios «B» y «C» tienen algún rol estratégico, administrativo o de otra índole que justifique su participación en las utilidades.
4. Aplicación de Normas Tributarias:
- Norma General Anti Elusiva (NGA): Si se determina que la estructura de la sociedad se utiliza principalmente para disminuir la carga tributaria de «A», el Servicio de Impuestos Internos (SII) podría aplicar la NGA para ajustar la base imponible del IGC de «A».
- Impuesto de Primera Categoría (IDPC): La sociedad «D» también estará sujeta al IDPC sobre sus ingresos, y este impuesto se debe considerar al calcular la carga tributaria total.
5. Seguimiento de Flujos y Distribuciones:
- Flujos de Utilidades: Se debe hacer un seguimiento de los flujos de utilidades distribuidas a los socios y verificar si se han solicitado devoluciones de impuestos.
- Política de Distribución de Utilidades: Se debe analizar la política de distribución de utilidades de la sociedad y cómo afecta la carga tributaria de cada socio.
6. Razones Económicas o Jurídicas:
- Justificación de la Estructura: Se debe evaluar si existen razones económicas o jurídicas relevantes para que los servicios se presten a través de una sociedad en la que participan otros socios que no prestan servicios ni tienen un rol estratégico.
Conclusión:
Si se establece que la estructura de la sociedad se utiliza para disminuir la carga tributaria de «A», el SII podría aplicar la NGA para ajustar la base imponible del IGC de «A», considerando que los ingresos se deben mayoritariamente a su trabajo.
Además, se debe considerar el IDPC sobre los ingresos de la sociedad «D».
Normativa Aplicable:
- Artículo 42 N°2, 43 N°2 y 52 de la LIR: Del Impuesto Global Complementario.
- Artículo 14, 20 y siguientes de la LIR: Impuesto de Primera Categoría y Regímenes Tributarios.
- Artículo 2 N° 2 de la LIVS: Prestación de servicios gravados con IVA.
- Artículo 4 bis, 4 ter y 4 quáter del Código Tributario.
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