La regla general es que si se quiere modificar el contrato debe ser de común acuerdo. Los contratos individuales y colectivos de trabajo podrán ser modificados, por mutuo consentimiento en
«Somos un equipo formado en temas tributarios y contables, con conocimientos y experiencia demostrada en la aplicación de los principios contables generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera. Nuestra mirada estratégica de la planificación tributaria nos distingue.»