Resolución 53, de 31 de mayo de 2017, Servicio de Impuestos Internos. El inciso final del artículo 69 del Código Tributario, incorporado por la Ley N° 20.899 establece que: «Cuando
«Somos un equipo formado en temas tributarios y contables, con conocimientos y experiencia demostrada en la aplicación de los principios contables generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera. Nuestra mirada estratégica de la planificación tributaria nos distingue.»