Las injurias en el Derecho del Trabajo deben entenderse en su sentido natural y obvio, es decir, como expresiones que agravian o ultrajan a otro, mediante obras o palabras que le causan al agravio. Son los insultos graves que utiliza una de las partes en forma despectiva y altamente ofensiva (Thayer).
Pero para estar en presencia de una injuria, resulta además necesario que se comprometa el vinculo de subordinación y dependencia en forma grave, lo que no ocurriría en toda discusión por fuerte que sea y aun cuando una de las partes hable más alto que la otra.
Estas injurias deben ser solo dirigidas en contra del empleador. Hay que recordar el Art. 4 sobre quien representa al empleador.
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