El Art. 160 señala un listado de causales (por conductas reprochables del trabajador) que permiten al empleador poner término al contrato de trabajo sin que el trabajador tenga derecho a la indemnización legal por término de contrato, dejando para al final la causa genérica del incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
Constituyen formas graves de violación de los deberes contractuales derivados del contrato de trabajo. El trabajador siempre podrá reclamar a un Tribunal del Trabajo para que se pronuncie sobre la procedencia y justificación de la causal invocada por el empleador. El trabajador tiene derecho a reclamar al tribunal siempre que se le invoque una causal de término de contrato. Va a demandar que ese término es “injustificado” (indebido o improcedente).
El empleador tiene que entregar o enviar un aviso de despido por alguna de las causales del Art. 160 al trabajador. En ese aviso, invocar la causal y justificarla: explicar por qué se está produciendo en el caso concreto de la empresa.
✓ Si el tribunal entiende que el despido es justificado: no recibe indemnización el trabajador.
✓ Si el tribunal entiende que el despido es injustificado: si recibe indemnización, por despido injustificado (Art. 168) + indemnización por años de servicios + recargo del 80%.
El contrato de trabajo termina sin derecho a indemnización alguna cuando el empleador le ponga término invocando una o más de las 12 causales enumeradas en este articulo
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