Circular 73, 2020 sii.cl Instruye sobre las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.210 a la Ley sobre Impuesto a la Renta y demás normas legales relacionadas con el nuevo régimen general de tributación sobre renta efectiva según contabilidad completa, vigente a contar del 1° de enero de 2020.
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Temario de la Circular
I | INTRODUCCIÓN |
1 | SISTEMA DE TRIBUTACIÓN |
2 | ÁMBITO DE APLICACIÓN |
2.1 | Contribuyentes que pueden optar por aplicar el artículo 14 |
3 | DEFINICIONES Y ABREVIATURAS |
II | INSTRUCCIONES SOBRE LA MATERIA |
1 | INCORPORACIÓN AL NUEVO RÉGIMEN GENERAL DE TRIBUTACIÓN |
1.1 | Empresas que se encontraban sujetas a los regímenes generales de las letras A) (renta atribuida) o B) (régimen de imputación parcial de crédito) del artículo 14 de la LIR al 31 de diciembre de 2019 |
1.2 | Empresas que inicien actividades a contar del 1° de enero de 2020 |
1.3 | Empresas sujetas a otros regímenes y que opten por incorporarse al régimen de la letra A) del artículo 14 |
2 | RÉGIMEN DE LA LETRA A) DEL ARTÍCULO 14. EMPRESAS OBLIGADAS A DECLARAR EL IDPC SEGÚN RENTA EFECTIVA DETERMINADA SEGÚN CONTABILIDAD COMPLETA |
2.1 | Tributación que afecta a las empresas |
2.2 | Tributación que afecta a los propietarios de empresas sujetas a la letra A) y al N° 3 de la letra D) del artículo 14, sobre las rentas determinadas por éstas |
3 | TRIBUTACIÓN SOBRE LAS RENTAS O CANTIDADES ACUMULADAS AL TÉRMINO DE GIRO DE LA EMPRESA A CONTAR DEL 1° DE ENERO DE 2020 |
3.1 | Término de giro de empresas sujetas a la letra A) del artículo 14 |
3.2 | Rentas o cantidades sujetas a la tributación que establece el N° 1 del artículo 38 bis |
3.3 | Valor de adquisición para fines tributarios que corresponde a los bienes que se adjudiquen los propietarios de las empresas que terminan su giro |
4 | TRIBUTACIÓN DE PROPIETARIOS DE EMPRESAS QUE DETERMINAN SU RENTA EFECTIVA SIN CONTABILIDAD COMPLETA O SUJETAS AL RÉGIMEN DE RENTA PRESUNTA |
4.1 | Empresas que declaran su renta efectiva no determinada en base a contabilidad completa, y que no se encuentran acogidas al régimen Pro Pyme de la letra D) del artículo 14 |
4.2 | Empresas que determinan sus rentas sujetas al régimen de renta presunta establecido en el artículo 34 |
4.3 | Efectos en empresas obligadas a determinar su renta efectiva mediante contabilidad completa, acogidas al artículo 14 letra A), al momento de optar por sujetarse al artículo 14 letra B) número 1 o el artículo 34 |
5 | EFECTOS TRIBUTARIOS DE LAS REORGANIZACIONES EMPRESARIALES PARA FINES DE REGISTROS Y ASIGNACIÓN DE CPT |
5.1 | División de sociedades |
5.2 | Conversión o fusión de empresas |
5.3 | Fusión de empresas que determinan su renta efectiva según contabilidad completa, con otras empresas no obligadas a determinar su renta de esa forma |
III | VIGENCIA |
ANEXO N° 1 (CASO PRÁCTICOS) | |
ANEXO N° 2 (NORMAS LEGALES ACTUALIZADAS) |
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