El nuevo Asesor Tributario
Por Claudia Valdés Muñoz – Gerente General de BBSC Spa.
Hasta hace algunos años, era impensable un sistema económico, en que el control de la autoridad fiscal apuntara a la verificación in situ de la legítima razón de negocios; es decir, justo en el momento en que el negocio mismo, se hubiese realizado. Cuestionamientos tan profundos, como si una partida de gasto es “necesaria para producir la renta”, o bien, si se apega al artículo 30 de la Ley de Renta, no eran parte de los desvelos de centenares de contadores, que una vez al año debían preparar la renta anual de los contribuyentes.
La incorporación de la “electrónica”, a los procesos contables, facilitan el rol fiscalizador de la autoridad fiscal, más allá de lo que las empresas hoy imaginan. En una primera etapa (post Reforma Tributaria 2014, Ley 21.780), hemos aprendido de los usos y aplicaciones de las herramientas que nos permiten informar las compras y ventas al SII, por la vía electrónica. Agregando la emisión de las boletas electrónicas de venta, y boletas de honorarios que agregan el control de los aportes previsionales de los trabajadores independientes.
La etapa que viene incorporará cuadraturas de giros, cuadraturas de flujos, y cuadraturas de stocks de existencias; estas últimas, a través de la validación de la ecuación de existencias que ya realiza la autoridad fiscal, pero desde el punto de vista del contenido de la misma, en lo que se refiere a la verificación del Kardex de existencia.
Con todo, la autoridad fiscal tendrá pleno control de los activos. Validará saldos bancarios, validará cuentas por cobrar, existencias y activos fijo. De este modo, podrá fácilmente fiscalizar a aquellas empresas que aún no declaran sus activos como deberían, o bien, dicho de otra forma, no informaron sus retiros del pasado.
El rol de Asesor Tributario, y la formación del mismo, ya no es la misma, que hace 8 o 10 años. Incluso el Asesor Tributario actual, no sólo debe saber de Legislación Tributaria, sino además, debe dominar la contabilidad de las empresas, tener habilidades informáticas avanzadas para interpretar los algoritmos de control, y conocer en profundidad las normas IFRS y PCGA.
Hay un cambio de perfil que es indispensable de informar y validar, con el fin de que este profundo cambio, cuyo instrumento cúlmine es la Modernización Tributaria 2020, Ley 21.210; no se traduzca en empresas imposibilitadas de operar.
En BBSC® hemos creado una metodología simple que permite diagnosticar la “Salud Tributaria de las Empresas”. Este informe que cumple con el protocolo de responsabilidad que establece el 100bis de la Ley de la Renta, es muy claro y rápido. Lo hacemos sin costo para todas las empresas que lo requieran. Esta forma nos ha permitido revisar cómo errores del pasado de arrastre, han causado serios daños a las empresas, y en muchos casos, llegando a multas que se podrían haber evitado.
En la mayoría de los casos, observamos que las empresas por años entregaron la responsabilidad tributaria, a profesionales que no tuvieron la capacidad de adaptarse a los cambios, lo que resulta difícil; sin duda, si observamos que desde el año 2014 a la fecha, hemos pasado por 3 cambios tributarios importantes. Lo anterior ha significado que entre los años 2014 y 2021, tengamos 544 Circulares nuevas; con al menos 1/3 de ellas, de reemplazo por definiciones de las emitidas los primeros años.
Chile enfrentará en los próximos meses una nueva mirada tributaria, en donde la Anti elusión o Evasión fiscal cumple un rol central. Más allá del discurso político, las empresas y sus gerentes y administradores, deberán comprender que será crítico establecer correctos requisitos para quienes los guíen, en donde ya no habrá cabida al marketing, sino al conocimiento técnico que por sobre todo, proporcione seguridad y confianza, en que los responsables de realizar operacionalmente el fiel cumplimiento en las empresas, lo están haciendo bien, y tienen las competencias para ello.
Entrevista: Diario Financiero, viernes 23 de enero de 2022