Por Claudia Valdés Muñoz
La Ley 21210 Modernización Tributaria también afectó esta materia. El Iva en la Venta de Inmuebles.
Recordemos que hay elementos básicos a entender en esta materia. Una de ellas es la figura del «vendedor», la otra es la «base imponible». Ambas afectadas por la presente disposición.
Los principales cambios son:
- Remplazó la frase inmuebles excluidos los terrenos, por «inmuebles construidos», destacando que las urbanizaciones de estos últimos, son parte de la denominación de «construidos».
- Se elimina la presunción de habitualidad en la venta, requisito para configurar la figura de «vendedor». Esta presunción tomaba como base 2 requisitos. El tiempo entre la compra y la venta, menor a 1 año; y el giro inmobiliario. Ahora la Ley señala que «la habitualidad de un vendedor, corresponde a un análisis de las circunstancias particulares del caso específico sujeto a que existan las condiciones como para calificarlo como habitual».
El borrador de Circular se encuentra a esta fecha disponible en el sitio web del @sii.cl y puede ser descargado aquí Borrador de Circular Iva en la Venta de Inmuebles Ley 21.210
Para más información escríbanos a contacto@bbsc.cl +569813599 www.bbsc.cl