→ Las partes disponen de 30 días para alcanzar un acuerdo de calificación de los servicios mínimos y equipos de emergencia, que es general y único para la empresa.
→ Dado que se trata de un proceso común de negociación para todos los intervinientes, el plazo de negociación se computa desde la última comunicación de la propuesta realizada por el empleador a alguno de los sindicatos existentes en la empresa.
→ Si, dentro del plazo descrito, las partes arriban a un acuerdo, éste debe extenderse por escrito, ser oportuno y cumplir con ciertas reglas respecto de su contenido.
→ En cuanto a la oportunidad, el acuerdo debe ser alcanzado dentro del término de 30 días contados desde la última comunicación que el empleador realizó de su propuesta a alguna de las organizaciones sindicales existentes en la empresa.
→ En todo caso, las partes, siempre y en cualquier momento, pueden llegar a un acuerdo directo sin sujeción al procedimiento contemplado en el Art. 360. En el evento que dicho acuerdo directo tenga lugar mientras esté pendiente la calificación ante la Dirección del Trabajo, dicho acuerdo pone término al procedimiento iniciado.
→ Esta etapa de negociación termina con alguno de los siguientes resultados:
• Acuerdo de las partes;
• Ausencia de acuerdo o este no involucra a todas las partes.
→ En caso de llegarse a un acuerdo, una copia del acta que lo contiene debe depositarse en la Inspección del Trabajo dentro de los cinco días siguientes a su suscripción.
→ Si las partes involucradas en las tratativas alcanzan un acuerdo de calificación total, éste es vinculante y obligatorio para todos los intervinientes.
→ Si al vencimiento del plazo de negociación las partes no han alcanzado un acuerdo de calificación de los servicios mínimos, cualquiera de ellas, dentro de los cinco días siguientes al cierre de la “etapa de negociación”, puede requerir a la Dirección del Trabajo para que este organismo, mediante resolución fundada, califique los servicios mínimos y los equipos de emergencia de la empresa, establecimiento o faena, según corresponda.
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