El año pasado se introdujeron diversos cambios a la normativa, entre ellos, la obligación de los bancos y otras instituciones financieras de entregar información sobre saldos y movimientos bancarios de los contribuyentes.
Ya estamos en modo Operación Renta 2023, un ejercicio que todas las personas -naturales y jurídicas- estamos obligadas a hacer anualmente en nuestro país. Pero, cuidado, porque en esta oportunidad, el proceso trae modificaciones producto de la Ley 21.453, promulgada en junio del año pasado.
Dicha norma, modifica el código tributario que data de 1974 y que obliga a bancos y otras instituciones financieras a entregar información sobre los saldos y movimientos bancarios de los contribuyentes. Según la gerente general de Best Business Solution Consulting (BBSC), Claudia Valdés Muñoz, con esta modificación el Estado puede conocer los movimientos diarios, semanales y mensuales, para poner la lupa en las transacciones que superen las 1.500 UF.
“La autoridad fiscal tiene la obligación de concluir si esos movimientos son esperables para un contribuyente en particular. Si no fuera así, va a surgir una necesidad de fiscalización y revisión de la trazabilidad de la información para validar, principalmente, que los montos que se traspasaron -vía cuentas de ahorro bancarias- tenían sus impuestos pagados debidamente”, explica la especialista contable y tributaria.
De hecho, tras la promulgación de la ley, la entrega de la primera base de datos por parte de las instituciones financieras, que contiene la información requerida, quedó fijada para el 15 de marzo, aunque la obligación rige para los movimientos realizados desde el 1º de septiembre de 2022.
Así, el Servicio de Impuestos Internos (SII) podrá tomar toda la información y aplicar sus algoritmos predictivos, para determinar qué contribuyente tiene o mantuvo un comportamiento financiero que no “dialoga” con la información tributaria que está presentando.
Además, este año hay otro aspecto al que hay que poner atención: movimientos y remesas al extranjero. “Una obligación que tiene que ver con informar los movimientos y remesas al extranjero y también con la emisión de la factura electrónica exenta, toda vez que se hace un cambio de monedas. Tenemos algunos elementos adicionales que, de alguna manera, podrían llevar a la autoridad a concluir que es necesario fiscalizar al contribuyente, especialmente, porque muchas veces se ven alterados los saldos medios y mensuales finales”, comenta la gerente general de BBSC.
Por eso, a raíz de estas modificaciones al código tributario, Claudia Valdés Muñoz recomienda a los contribuyentes ordenarse y asesorarse, para evitar problemas de cara a esta Operación Renta.