Que, con fecha 12 de septiembre e2024, el Servicio de Impuestos Internos (en adelante el SII), se emitió la resolución exenta n°91 del 2024, fija las fechas de vencimiento para la presentación de declaraciones juradas que se indica.
Que, el Servicio, mediante instrucciones contenidas en la Resolución Exenta SII Nº116, de fecha 04 de octubre de 2023, fijó las fechas de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas que ahí se indican, para el Año Tributario 2024.
Que, por razones de buen servicio se hace necesario readecuar los plazos para la presentación de las declaraciones juradas correspondientes al Año Tributario 2025, en relación con los actuales procesos operativos.
Se Resuelve, fijar para el Año Tributario 2025, las fechas de vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas que se indican:
- 03 de Marzo vencen las Declaraciones Juradas 1811,1822,11834,1891,1900,1902 y 1903.
- 10 de Marzo vencen las Declaraciones Juradas 1896 y 1898.
- 14 de Marzo vencen las Declaraciones Juradas 1948 (soc. Anonimas abiertas).
- 17 de Marzo vencen las Declaraciones Juradas 1870,1871,1873 y 1890.
- 21 de Marzo vencen las Declaraciones Juradas 1949 y 1955.
- 24 de Marzo vencen las Declaraciones Juradas 1812,1832,1862,1895,1897,1899,1904,1909,1914,1919 y 1932.
- 25 de Marzo vencen las Declaraciones Juradas 1835.
- 26 de Marzo vencen las Declaraciones Juradas 1828,2874,1889,1894 y 1948 (Soc. con socios personas juridicas).
- 28 de Marzo vencen las Declaraciones Juradas 1829,1840,1841,1843,1879,1922,1933,1944,1953,1956,1943,1947 y 1948 ( estas tres ultimas soc.con socios personas anturales).
- 16 de Mayo vencen las Declaraciones Juradas 1837.
- Junto con el F22, 03, declaraciones Juradas 1947 y 1948 (amas sobre empresarios individuales)
- 30 de Junio Declaraciones Juradas 1847,1866,1867,1907,1913,1926,1929,1930,1937,1945,1946,1950,1951 y 1952.