Mediante Resolución Exenta 1 del 02 de enero de 2018, el SII establece que los profesionales ingeniero agrónomo,
forestal o civil indicados en el considerando 1°, podrán incorporarse en el Registro de Tasadores que lleva el Servicio.
Aquellos profesionales o sociedades que hayan sido incorporados con anterioridad a la publicación de la norma legal señalada en el párrafo 1° de la presente Resolución, se mantendrán en el “Registro de Tasadores”, entendiéndose que se encuentran asimismo ajustados a las condiciones de la normativa vigente.
La recomendación para los contribuyentes, es verificar que el Tasador que se contrate, se encuentra en el Registro de Tasadores oficial que publica y actualiza el SII, en su sitio web.
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