Se le ha consultado al Servicio de Impuestos Internos sobre la posibilidad de aplicar el beneficio establecido en el artículo 21 del Decreto Ley Nº 910 de 1975, a una
«Somos un equipo formado en temas tributarios y contables, con conocimientos y experiencia demostrada en la aplicación de los principios contables generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera. Nuestra mirada estratégica de la planificación tributaria nos distingue.»