Se contempla expresamente tratándose de las causales de necesidades de la empresa y desahucio. Recordar, que el empleador debe dar un aviso con 30 días de anticipación, ahora bien, si
«Somos un equipo formado en temas tributarios y contables, con conocimientos y experiencia demostrada en la aplicación de los principios contables generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera. Nuestra mirada estratégica de la planificación tributaria nos distingue.»