La Cirugía Plástica frente la nueva reforma del IVA

El 27 de enero del 2022, se promulgó la Ley 21.420. Esta reforma legal viene a realizar diversos cambios, en particular, respecto al Impuesto al Valor Agregado (en adelante “IVA”).

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Terminación del contrato laboral por Plazo Fijo

Art. 159 N°4: “El contrato de trabajo terminará en los siguientes casos: 4- Vencimiento del plazo convenido en el contrato. La duración del contrato de plazo fijo no podrá exceder

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Política de privacidad BBSC®

Informamos las cláusulas que están presentes en todos nuestros contratos de servicios. De la misma forma las hacemos extensivas, a oda información vista o conocida por nosotros, de índole contable,

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REGISTRO SOCIEDADES DE PROFESIONALES

Ley 21.420, reduce y elimina exenciones tributarias, en particular realizó cambios respecto al Impuesto al Valor Agregado (“IVA”). Particularmente, gravando con dicho impuesto a todos los servicios, siendo esta la

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Patentes Municipales frente a la Modernización Tributaria

La Ley N° 21.210, sobre Modernización Tributaria, introdujo 2 modificaciones relevantes a la Ley de Rentas Municipales, contenida en el Decreto N° 2.385, que fija el texto refundido y sistematizado

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Despido por Caso fortuito o fuerza mayor

Art. 159 N°6: “El contrato de trabajo terminará en los siguientes casos: 6. – Caso fortuito o fuerza mayor”. De acuerdo al derecho común, el caso fortuito o fuerza mayor

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 Defensoría del Contribuyente (DEDECON)

                                                           

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SII prepara plataforma para empresas que se reorganizan por el IVA a los servicios

Sin duda el cambio de sujeto básico de IVA afectó a un gran número de empresas en Chile, que hoy se cuestionan cómo seguir funcionando con esta nueva realidad comercial.

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¿Que sucede cuando se produce la Muerte del trabajador?

Art. 159 N°3: El contrato de trabajo terminará en los siguientes casos: 3- Muerte del trabajador”. Esta causal se fundamenta en el carácter intuito personae del contrato de trabajo. Evidentemente

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Renuncia

Art. 159 N°2: “El contrato de trabajo terminará en los siguientes casos: 2.-Renuncia del trabajador, dando aviso a su empleador con treinta días de anticipación, a lo menos”. Es un

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