Conforme la legislación laboral vigente el empleador no está obligado por ley a reajustar anualmente, según la variación del IPC u otra, los beneficios en dinero que pague al trabajador,
«Somos un equipo formado en temas tributarios y contables, con conocimientos y experiencia demostrada en la aplicación de los principios contables generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera. Nuestra mirada estratégica de la planificación tributaria nos distingue.»