Los permiso por muerte de familiar cercano se encuentra establecido en el articulo 66 del código del trabajo el cual menciona «En el caso de muerte de un hijo así
«Somos un equipo formado en temas tributarios y contables, con conocimientos y experiencia demostrada en la aplicación de los principios contables generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera. Nuestra mirada estratégica de la planificación tributaria nos distingue.»