El Servicio de Impuestos Internos (SII) en Oficio N°2186 del 23 de agosto de 2019 aclaró cuando un inmueble es “usado” para determinar la base imponible del IVA. Argumenta que
«Somos un equipo formado en temas tributarios y contables, con conocimientos y experiencia demostrada en la aplicación de los principios contables generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera. Nuestra mirada estratégica de la planificación tributaria nos distingue.»